El Consejo Consultivo de Mercados es una organización dirigida por los interesados creada en 2016 bajo la forma jurídica de una organización sin ánimo de lucro con sede en Bruselas y cofinanciada por la Comisión Europea.
El MAC está compuesto por organizaciones europeas y nacionales de 11 Estados miembros que representan a toda la cadena de valor. Los miembros incluyen organizaciones del sector de captura y acuicultura, procesadores, sindicatos y organizaciones medioambientales, entre otros.
El MAC podrá asesorar a la Comisión Europea, al Parlamento Europeo, al Comité de las Regiones, al Comité Económico y Social Europeo, a uno o varios Estados miembros de la Unión Europea y a cualquier institución relevante sobre cuestiones relativas al mercado de la UE de productos de la pesca y de la acuicultura y dentro de las tareas definidas en el artículo 44 del Reglamento (UE) nº 1380/2013.
La Asamblea General está compuesta por todos los miembros del MAC y se reunirá al menos una vez al año.
Composición actual:
60 miembros de 13 Estados Miembros:
- 8 ONGs
- 52 miembros del sector
Entre otras cosas, la Asamblea General debe:
· Aprobar el informe anual, incluyendo los estados financieros, el plan estratégico anual y el presupuesto para el próximo año;
· Establecer los honorarios que deben pagar los miembros según lo propuesto por el Comité Ejecutivo;
· Elegir al presidente del MAC y los miembros del Comité Ejecutivo;
· Aprobar la venta o enajenación de activos del MAC;
· Aprobar cambios de Estatutos y enmiendas Reglas de Procedimiento;
· Aprobar la disolución del MAC;
· A propuesta del Comité Ejecutivo, poner en marcha el procedimiento de pérdida de la calidad de miembro según se define en el artículo 14 de los Estatutos del MAC.
El Comité Ejecutivo está compuesto por un máximo de 25 miembros, nombrados por un período de 3 años, y se reúne por lo menos dos veces al año.
Composición:
25 escaños, 18 miembros:
A) 60% Representantes de la cadena de suministro de valor
B) 40% ONGs ambientales o de desarrollo y consumidores
El Comité Ejecutivo deberá, entre otros:
· Ejercer los poderes del MAC
· Decidir sobre la política general
· Dirigir sus asuntos
· Ser responsable de la preparación y envío de asesoramiento sobre los mercados a los organismos competentes
· Preparar el informe anual, el presupuesto para el próximo año, el programa de trabajo para el próximo año
· Considerar el informe de los auditores
Grupo de Trabajo 1 Producción en la UE
· Organización Común de Mercados y Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (2014-2020).
· Evaluación de las tendencias de la primera venta.
· Impacto de los planes de recuperación en los mercados.
· No comercialización de peces / juveniles de bajo tamaño en el contexto de la nueva regulación de medidas técnicas y la implementación de la prohibición de descarte.
· Promoción y competitividad de los productos.
Grupo de Trabajo 2 Mercados de la UE
· Oferta (estado anual y tendencias).
· Comercio con terceros países: Código Aduanero Comunitario, Sistema General de Preferencias (SGP), Acuerdos de Libre Comercio, Acuerdos de Asociación Económica, Organización Mundial del Comercio.
· Seguimiento de la importación comunitaria y situación arancelaria, regulación de la suspensión y contingentes arancelarios para los productos pesqueros y acuícolas.
· Promover los aspectos sociales y ambientales del comercio internacional de productos de la pesca y la acuicultura.
· Análisis de las tendencias de consumo.
· Evolución de los precios "del mar a la mesa" (del pescador al consumidor) - Estudiar la eficiencia y la diversidad del mercado en los Estados miembros, entre otras cosas, utilizando datos de EUMOFA.
· Efectos de la regulación IUU en el mercado.
Grupo de Trabajo 3: Control de la UE y cuestiones sanitarias, normas de consumo
· Problemas de etiquetado
· Información voluntaria sobre los productos pesqueros
· Implementación del Reglamento de Higiene
· Legislación pertinente sobre contaminantes; Aditivos y residuos
· Trazabilidad de los productos del mar
· Fraude alimentario
· Aplicación del Reglamento INDNR-cuestiones distintas de las abordadas por el GT2
· Posible revisión y aplicación del Reglamento de Control cuando se trate de comercio y mercados